El Hecho Como Fundamento del Derecho



Escribe: Jesús Mojo López

Los idealismos disfrazados de una retorica casi convincente no existen en el derecho, ello se puede apostas en la literatura o la filosofía. En el derecho lo único que precede para que un ordenamiento jurídico sea la materialización de la realidad, es el hecho como tal, es decir una acción material realizada consciente o inconscientemente por el hombre. La fuente del derecho es lo real y lo material, es en realidad la acción humana circunscrita a parámetros condicionados por ella, lo abstracto y la abstracción pertenecen a un campo ideológico y teórico del derecho.
Pero la acción humana va mas allá de un simple ordenamiento jurídico, ella implica complejos actos que no alcanzan todavía un explicación, en ello tenemos por ejemplo el sueño (estado inconciente) o la enfermedad del alzheimer (el olvido inmediato de su acciones). Pero aun con sus implicancias de complejidad, la acción o el hecho sirve de fundamento para el derecho, ya que sin ella no es posible pensar un orden para los hombres. En realidad, todo pensamiento sea jurídico, político, económico o religioso nace de las acciones de la vida diaria, ella es la que lleva a pensar e imaginar al hombre, de tal modo que con su pensamiento interpreta y busca trascender a la realidad del tiempo real.
En el derecho sucede lo mismo que ocurre en todas las áreas del pensamiento, la imaginación surge de la necesidad de la realidad, se busca otro, ese otros que no logramos encontrar en la realidad, de modo tal que surge un incesante necesidad de completar el vacio aunque sea imaginario que surge en la realidad y esta pasa a ser esencial, y que el pensar lleva a la materialización de la necesidad.
La necesidad es fundamental en la existencia humana, por ejemplo en el derecho hay la necesidad de controlar la delincuencia o las violaciones sexuales, y esta es una acción humana real y concreta, por tanto surge en el derecho una necesidad de interpretar esta realidad y crear legislación acorde a ella, por tanto es evidente que el hecho se impone como generadora del derecho.
Pero existen hechos que no tienen importancia para el derecho, pero que quizá si cobren importancia para otras ramas del conocimiento.
El derecho es poco menos que un instrumento para el poder político, así como lo fue la religión, ya que el hecho político es siempre más que el orden jurídico creado por el derecho. El derecho es incapaz de detener los procesos sociales en donde la realidad sobrepasa los parámetros señalados por el orden jurídico. ¿Qué hacemos con una revolución o un golde de estado que triunfa? El derecho evidentemente no la querrá reconocer, porque para ella existe un orden predeterminado, pero ¿Quién impone este orden apoyado por el derecho? Es inevitablemente la clase dominante del momento y que ella es la que ostenta el poder.
En este caso el hecho triunfa sobre el derecho, ella impone condiciones y establece junto al derecho un nuevo orden acorde a los intereses no del colectivo sino más bien en ella se impone la voluntad de la jerarquía triunfante.
La realidad social es una y otra muy distinta la realidad jurídica. La realidad jurídica de ningún modo puede sobrepasar la realidad social, todos los hechos de la vida diaria deben de ser legitimados por el derecho, porque ella, los hechos sociales, son su única fuente. Hoy sabemos con certeza que toda norma jurídica tiene una justificación nacida de la realidad.

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